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Términos jurídicos | |
En esta sección puede encontrarse los términos más utilizados en la jerga jurídica internacional. Para cada sistema judicial el concepto puede ser interpretado de forma diferente. | |
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| Term | Definition | |||||
| SALA | División o unidad de un tribunal correspondiente a determinada demarcación territorial. | |||||
| SENTENCIA | En lo penal, es el pronunciamiento hecho por el tribunal en cuanto a la pena que se le impone al acusado. Aunque en principio no se aplica a otras determinaciones judiciales finales, como el archivo por fundamentos legales o después de un fallo absolutorio, en la práctica se está aplicando. Se distingue de fallo, que es el pronunciamiento que hace el tribunal por el que se condena o absuelve a un acusado. En lo civil, es el pronunciamiento hecho por el tribunal que pone fin a un pleito. | |||||
| SENTENCIA CONCURRENTE | En el ámbito criminal, la que impone una pena para que se cumpla al mismo tiempo que otra u otras sentencias por otros cargos; se contrapone a la sentencia consecutiva. | |||||
| SENTENCIA CONSECUTIVA | La que se dicta adicional a otra u otras sentencias y comienza a cumplirse una vez se ha cumplido la anterior. | |||||
| SENTENCIA DECLARATORIA | Aquélla que simplemente declara los derechos de las partes o expresa la opinión y criterio del tribunal sobre determinada cuestión de derecho, sin ordenar que se haga algo. | |||||
| SENTENCIA DETERMINADA | Sistema de sentencias con pena fija para cada delito que no permite graduar la pena excepto mediante la presentación de circunstancias atenuantes y agravantes. | |||||
| SENTENCIA FRACCIONADA | Tipo de sentencia mixta, establecida jurisprudencialmente, mediante la cual el tribunal impone reclusión por un término determinado y, una vez cumplido éste, la persona convicta continúa cumpliendo un término adicional bajo el sistema de sentencia suspendida o probatoria. Distíngase de "libertad bajo palabra". | |||||
| SENTENCIA INDETERMINADA | Sentencia de prisión con un mínimo y un máximo, sujeta a terminación por la agencia correspondiente en cualquier momento después de que el confinado cumpla el mínimo. Da discreción al juez para imponer la pena que estime conveniente dentro del margen de un mínimo y un máximo. | |||||
| SENTENCIA SUMARIA | Tipo de sentencia que procede a petición de parte cuando no existe una genuina controversia sobre los hechos de un caso, sino que la decisión depende de la aplicación del derecho por parte del juez. | |||||
| SINE QUZ NON | Significa literalmente “sin la cual”; se aplica a condiciones que se consideran imprescindibles. | |||||
| SISTEMA INQUISITORIO | Sistema procesal típico de muchos países europeos en el cual el juzgador interviene en la inquisición o investigación de los casos. En este sistema, a diferencia del adversativo, corresponde al juez asumir el control y la dirección de toda la secuencia procesal, desde la instrucción hasta la vista pública. En ese sentido, la fase preliminar de averiguación depende básicamente de su iniciativa; asume, además, un papel mucho más activo en el curso de la vista oral en cuanto suele interrogar personalmente a las partes y a los testigos, función que ejercen los representantes legales en el sistema adversativo. | |||||
| SISTEMA JUDICIAL | Término que se refiere específicamente a los tribunales, que son los únicos que forman parte del Poder Judicial. | |||||
| SISTEMA UNIFICADO | Es un sistema judicial en el que se han eliminado las barreras jurisdiccionales entre tribunales, las cuales implican que un caso se tiene que presentar en un determinado tribunal o sala con autoridad particular para conocer el asunto implicado y para hacerlo dentro de una demarcación territorial determinada; de lo contrario, el caso se considera mal presentado y hay que recomenzar el proceso de presentación de éste en el tribunal correspondiente. En un sistema unificado, las diferencias jurisdiccionales se convierten en diferencias de competencia, es decir, en una especie de división de trabajo, con el resultado de que un caso se puede presentar en prinicipio en cualquier tribunal o sala. Si se presentara en un tribunal o sala no correspondiente en términos de la división de trabajo establecida, tan solo habría que trasladarlo internamente sin necesidad de volverlo a presentar. | |||||
| SOBRESEIMIENTO | Acción y efecto de sobreseer, que significa poner fin a un asunto, procedimiento o pleito. Se usa corrientemente en la frase “archivo y sobreseimiento de un pleito”. Sobreseer una acusación en lo criminal implica que el proceso queda terminado con respecto al acusado y éste queda en libertad. | |||||
| SOLIDARIDAD | Significa que una sola persona puede responder o una sola persona puede cobrar, aunque haya más de un deudor o de un acreedor, respectivamente. La solidaridad puede ser activa, que es cuando hay una pluralidad de acreedores y cualquiera de ellos puede exigir del deudor el pago de la totalidad; o pasiva, cuando hay pluralidad de deudores y cualquiera de ellos está obligado a pagar la totalidad de la deuda. Posteriormente se da, sin embargo, la acción de nivelación, mediante la cual los deudores distribuyen la responsabilidad o los acreedores, sus respectivas acreencias. La duda con este término existe sobre todo cuando se trata de fiadores solidarios. Algunas personas piensan que hay que ir primero contra los bienes del deudor y en segundo lugar, sobre los del fiador. Pero ello no es así, la solidaridad implica que se puede ir directamente contra uno o el otro a elección del acreedor. | |||||
| SOSPECHOSO (A) | término que se aplica a una persona a quien se ha interrogado en el curso de una investigación criminal y a quien se ha llegado a considerar probablemente involucrada en la comisión un delito. Cuando la persona se convierte en sospechosa comienza a cobijarla una serie de derechos relacionados con la presunción de inocencia. La persona sospechosa se convierte en imputada de delito, tan pronto se lleva ante un tribunal para que se determine la existencia o no existencia de causa probable para arrestarla. | |||||
| STARE DECISIS | Doctrina que impone observar los precedentes, es decir, aplicar a casos posteriores cuyos hechos sean sustancialmente los mismos, los principios de derecho establecidos previamente en otros casos. | |||||
| STATUS CONFERENCE | Véase "conferencia sobre el estado del caso". | |||||
| SUBPOENA | Voz latina para citación o notificación a una persona para que comparezca a una audiencia, juicio o sesión en determinado día, hora y lugar. | |||||
| SUBPOENA DUCES TECUM | Expresión latina para citación por la cual se ordena a una persona que comparezca al tribunal trayendo consigo los documentos u objetos que se especifican en ella. | |||||
| SUPRESIÓN DE EVIDENCIA (PRUEBA) | rechazo de una prueba obtenida ilegalmente. La determinación judicial a esos fines se produce luego de una vista en el tribunal motivada por una moción de supresión de evidencia (prueba) presentada por la parte perjudicada. | |||||